closeNORMATIVA DEL APARTAMENTO.
Tú, la persona que reserva la Propiedad, también debes ser un huésped. Salvo que la legislación establezca lo contrario, también deberás satisfacer los requisitos de edad mínima de 25 años.
1. Hay muchos países eco-responsables en Europa y la clasificación de la basura generalmente es obligatoria por ley. La basura sólo se puede depositar en bolsas de basura selladas (generalmente extra) que también se deben depositar en contenedores adecuados. Está prohibido guardar estas bolsas de basura en el balcón o terraza. Los objetos de vidrio, plástico, metal y papel deberán separarse del resto y depositarse en los contenedores oficiales previstos para su reciclaje.
2. El apartamento garantiza ampliamente las condiciones de habitabilidad y comodidad de los huéspedes. Harás un uso conveniente y responsable de los medios puestos a tu disposición (agua, luz, calefacción, aire acondicionado, etc.), así como de los enseres, muebles y electrodomésticos de la vivienda. La cocina, horno, luces, televisión, aire acondicionado, etc. deberán estar apagados al salir del apartamento. El uso abusivo, o irresponsable, de los electrodomésticos y sobre todo de la climatización/aire acondicionado, puede generar un gran desperdicio de energía y sobre costes a la propiedad, por lo que ésta podrá limitar sus condiciones de uso, apagarlo al cabo de un determinado tiempo, o aplicar sobre costes a los huéspedes en su caso.
3. En muchas partes de Europa está prohibido fumar en locales públicos, hoteles, casas y apartamentos. En este apartamento, ESTÁ PROHIBIDO FUMAR. Excepcionalmente se podrá solicitar autorización previa por escrito del Anfitrión para poder fumar en el exterior (terraza, jardín). En caso de no seguirse esta regla, se podrá cobrar una indemnización.
4. Generalmente en los países europeos los baños no tienen un tapón de aguas residuales en el medio del suelo. Cada inundación del baño contribuye al deterioro de la propiedad y del suelo. Los huéspedes son responsables de este daño. Los costos de reparación se cobrarán después de la salida.
5. El número máximo de invitados se muestra en la descripción del apartamento y no está permitido que los invitados excedan este número. El titular de la llave impedirá que huéspedes adicionales se alojen en el apartamento de vacaciones y se le cobrará un suplemento en caso de producirse.
6. El huésped se asegurará de que La Propiedad y la totalidad del mobiliario, instalaciones y objetos permanecen en el mismo estado y lugar en el que se encontraban en el momento de la llegada. También seguirás las guías de la casa que te pueda facilitar el Anfitrión en la Propiedad. El pago de cargos adicionales como perdida/rotura de cualquier elemento del apartamento, ropa de cama, etc. se realiza mediante el cobro sobre el medio de pago aportado para la fianza.
7. Si la Propiedad ofrece o dispone de más dormitorios de los que has reservado, el Anfitrión tendrá derecho, a su exclusivo criterio, a decidir cuáles se ponen a tu disposición y cuáles no.
8. No se permite tirar alimentos y otros objetos en los baños ya que las tuberías son estrechas y pueden obstruirse rápidamente.
9. Está prohibido desarrollar actividades ilegales en la Propiedad o cualquier actividad que pudiera considerarse una molestia para el Anfitrión o los vecinos.
10. Solicitamos que los huéspedes traten con respeto al poseedor de llaves y al propietario, sea cual sea su género, y se sigan sus reglas.
NORMATIVA DE CONVIVENCIA Y USO DE ELEMENTOS COMUNES
RESIDENCIAL EL ALAMO
El Reglamento de Régimen Interno aprobado en la Junta General Constituyente de 15 de mayo de 2021, contiene las normas que regulan la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y elementos comunes, dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, y resultan de obligado cumplimiento para todo titular, ocupante, usuario o inquilino.
1. HORARIO DE DESCANSO.
- No se permite desarrollar actividades que produzcan ruidos y molestias a los vecinos desde las 00,00 horas de la madrugada hasta las 09,30 horas de la mañana. Igualmente, desde las 15,30 a las 17,00 horas, por cuanto dichos horarios se destinan al descanso de los habitantes de la Comunidad de Propietarios.
2. CLUB SOCIAL.
- El Club Social se destinará a usos y fines sociales, nunca como espacio de juegos que no sean de mesa. Deberán respetarse los horarios de descanso.
- Deberán dejarse las instalaciones en perfecto estado tras su uso, limpias y ordenado el mobiliario y las puertas cerradas con llave
- El mobiliario no podrá sacarse del salón para ser usado en otros lugares.
3. PERIODO DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA PISCINA.
- La piscina se abrirá desde el día 1 de abril hasta el día 30 de septiembre, aunque queda facultada la Junta Directiva y Presidencia para que, atendiendo a la ocupación del edificio y las circunstancias climatológicas existentes, puedan atrasar o adelantar el período de funcionamiento.
- Queda prohibido el baño a toda persona ajena a esta comunidad.
- La piscina no tiene servicio de socorrista por lo que los padres o persona responsable se responsabilizarán de los menores de edad, exonerándose la Comunidad de Propietarios de cualquier responsabilidad por accidente o siniestro derivado del incumplimiento de esta norma.
- Podrá tener servicio de auxiliar que vele por el cumplimiento de las normas y evite el uso indebido de las instalaciones.
- Es obligatorio ducharse antes de bañarse.
- Es obligatorio el uso de coletero para los usuarios con pelo largo.
- Se prohíbe el paso y la estancia de animales en la zona de la piscina y jardines adyacentes.
- Se prohíbe realizar en las duchas la limpieza de arena de sillas, colchonetas y objetos de playa. Se recomienda su limpieza en las instalaciones de la playa (duchas y lavapiés).
- No podrán ocuparse la zona de baño y jardines de forma permanente con sillas, toallas u otros objetos.
- No se podrá acceder a la zona de piscina y jardines adyacentes con vasos, botellas o cualquier envase de cristal o latas.
- No se permite comer en el recinto de la piscina y jardines adyacentes.
4. HORARIO DE BAÑO.
- El horario de baño de la piscina queda establecido del siguiente modo: De 9,30 a 15,30 horas y de 17,00 a 24 horas.
5. NORMAS Y HORARIO DE PISTA DE PADEL.
- Expuestos en el tablón de anuncios de la pista de pádel
6. HORARIO DE JUEGOS INFANTILES.
- El horario de uso de la zona de juegos infantiles queda establecido del siguiente modo: De 9,30 a 15,30 horas y de 17,00 a 24,00 horas.
7. USO DE LOS ASCENSORES.
- En ningún caso se podrá sobrepasar la capacidad indicada en cada uno de ellos, ni en peso total ni en número de personas.
- Prohibido el uso de los ascensores con pies o bañador mojados
- Los padres o persona responsable se responsabilizan del uso de los ascensores por los menores de edad, exonerándose la Comunidad de Propietarios de cualquier responsabilidad por accidente o siniestro derivado del incumplimiento de esta norma.
- No se permite su utilización para transportes de materiales de obras y tampoco para hacer traslados de muebles salvo en pequeñas cargas y previa autorización comunitaria, debiendo protegerlos y limpiarlos debidamente. En ningún caso se podrá ocupar el ascensor de forma permanente o continuada, dejando sin servicio al resto de los vecinos.
9. USO DEL GARAJE.
- No se podrá entrar ni salir a pie por las puertas de acceso y salida de vehículos al garaje. No se podrá estacionar vehículos fuera de las plazas de garaje.
- Es obligatorio el acceso y salida de los vehículos por las puertas de entrada y salida.
- Se deberá respetar el uso privativo de los garajes. El aparcamiento en plaza ajena podrá realizarse previa autorización del propietario.
- Se permite la colocación de cepos en el interior de las plazas de garaje sin perjudicar la circulación y maniobrabilidad de las colindantes.
11. TENDIDO DE ROPA.
- El tendido de ropa deberá efectuarse en los tendederos privativos. Queda prohibido efectuar el tendido en las terrazas principales de las viviendas, así como en las barandillas de protección, salvo que se realice en tendederos móviles instalados en el suelo de las mismas, que no sobrepasen la altura de éstas para no resultar visibles, a fin de no menoscabar la imagen estética de la fachada. En todo caso, no se deberá causar molestias a las viviendas inferiores.
12. ANIMALES DE COMPAÑIA.
- Los propietarios que tengan perros u otros animales de compañía en la Comunidad de Propietarios deberán sujetarse a las siguientes normas:
- Los perros catalogados como peligrosos deberán ir siempre atados y con bozal, esto es, que bajo ningún concepto deberán ir sueltos por los recintos de la Comunidad.
- Se evitará que hagan sus funciones fisiológicas en jardines u otras zonas comunes de la Comunidad. En caso de producir dichas funciones fisiológicas, es obligación del propietario su limpieza.
- El propietario deberá evitar que se produzcan ladridos, en particular, durante las horas de descanso establecidas.
13. UTILIZACION DE LOS SERVICIOS COMUNES POR INQUILINOS E INVITADOS.
- El propietario es responsable ante la Comunidad de Propietarios del cumplimiento por éstos de la normativa, a quienes entregará copia, debiendo exigirles su respeto. Asimismo, responde ante ésta de los actos y daños ocasionados por los mismos.
- En caso de incumplimiento, la Comunidad de Propietarios adoptará las medidas necesarias para la efectividad de las normas, repercutiendo al propietario responsable todos los gastos que se ocasionen para el mantenimiento o reparación de los elementos comunes afectados.
14. ALQUILERES.
- Cuando en el edificio existan diferentes propiedades que se destinan a la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de comercialización o promoción, y realizada con finalidad lucrativa, sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial turística, se sujetará a la normativa legal vigente.
- Los propietarios que alquilen sus viviendas, dado que tienen con ello cedido el uso de las instalaciones comunes, no podrán durante la vigencia del contrato de arrendamiento realizar uso propio de las mismas.