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Título:     legalidad
Responde a:     fiscalidad propietario casa vacacional
Enviado por:     laspiedras82, el día 22/May/2004 a las 11.43
Del tema: Aspectos legales y fiscales
 
 
     Somos 17 administraciones, por tanto 17 diferencias, te puedo hablar de Andalucía.
Aqui has de comunicar tu disposición a alquilar en regimen de turismo rural, y si cumples unos mínimos, se te concede la VTAR, no necesitas darte de alta en hacienda, ni pagas-cobras IVA, haces recibos inmobiliarios, y el unico mínimo, es que al menos, han de ser dos días de alquiler.
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regular casa turismo rural 21-11-2004 toponuba





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